
La presidente de la Comisión Europea ha indicado que el “préstamo del puercoespín de acero”, que ha vetado el primer ministro húngaro Viktor Orbán, será recibido por Kiev mientras que el presidente del Consejo Europeo califica de "chantaje" el veto de Hungría a la ayuda europea a Ucrania en su guerra con Rusia
Hungría veta sanciones a Rusia y un préstamo a Ucrania mostrando los problemas de gobernabilidad de la UE
La presidenta de la Comisión Europea, Ursula Von der Leyen, ha anunciado este marte en Kiev junto al presidente de Ucrania, Volodímir Zelenski, que el préstamo de 90.000 millones de euros de la UE a Ucrania, conocido como “préstamo del puercoespín de acero”, fue “acordado por los 27 jefes de Estado y de Gobierno en el Consejo Europeo. Han dado su palabra. Esa palabra no puede romperse. Cumpliremos con el préstamo de una forma u otra. Tenemos diferentes opciones y las utilizaremos”.
A preguntas de los periodistas en la capital de Ucrania, Von der Leyen ha indicado que “Ucrania va por el buen camino para convertirse en miembro de la Unión Europea. Todos saben que se trata de un proceso basado en méritos. Debe ser así. Pero eso también significa que la velocidad depende del país candidato. Y debo decir que Ucrania es extraordinaria en la rapidez con la que está cumpliendo las reformas necesarias. Son reformas difíciles, no sencillas. Hay que convencer a muchas personas para llevarlas adelante, para modernizar el país. Y resulta profundamente impresionante ver el enorme progreso que Ucrania está logrando, pese a estar luchando una guerra por su supervivencia. Eso nunca debe olvidarse”.
Hungría logró este lunes bloquear el último paquete de sanciones contra Rusia y la aprobación definitiva del préstamo de 90.000 millones de euros que la UE había propuesto para financiar las necesidades del Ejército ucraniano en su guerra contra los rusos, cuando se cumple este martes el cuarto aniversario de la invasión. A pesar de que inicialmente el primer ministro húngaro, Viktor Orbán, se había posicionado para no obstaculizar la ayuda financiera a Ucrania, la cercanía de las elecciones en Hungría han llevado al dirigente ultranacionalista a bloquear las medidas.
El presidente del Consejo Europeo, António Costa, también de visita en la capital ucraniana, ha subrayado que cuando los países del Consejo “acuerdan y adoptan una decisión, todos los Estados miembros deben cooperar para aplicarla, y nadie puede detenerla, bloquearla ni intentar bloquearla. Solo el propio Consejo Europeo puede modificar una decisión adoptada por el Consejo Europeo. Escribí al primer ministro Orbán señalando que Hungría está vulnerando el principio de cooperación leal, y le insté a cooperar de inmediato en la aplicación de la decisión adoptada por el Consejo Europeo el 18 de diciembre”.
Por este motivo, Costa ha insistido en “invitar a la Comisión a utilizar todas las herramientas que tenemos en los Tratados para superar esta situación, para evitar que cualquiera pueda intentar chantajear a la Unión Europea, y para emplear todos los instrumentos disponibles con el fin de aplicar la decisión del Consejo Europeo. Y contamos con herramientas”.
Tanto Zelenski como Von der Leyen y Costa se encontraban en Kiev cuando se conmemoran cuatro años del comienzo de la invasión rusa a gran escala de Ucrania junto a otros representantes europeos entre los que se encontraba el ministro español de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, que participan en la 'Coalición de los Voluntarios' celebrada este martes en Kiev.
“Préstamo del puercoespín de acero”
Von der Leyen ha explicado que la primera prioridad del “préstamo del puercoespín de acero”, denominado de esa manera porque “debe otorgar a Ucrania la fortaleza de un puercoespín de acero, indigerible para posibles invasores”, es “ayudará a adquirir, producir, desarrollar y asegurar equipamiento de defensa avanzado para las fuerzas ucranianas, desde drones hasta misiles y munición. Y el trabajo ya ha comenzado”.
La presidenta de la Comisión Europea ha asegurado que técnicos de la UE “junto con las fuerzas ucranianas, han identificado un primer paquete prioritario. Nuestro objetivo es entregarlo antes de Pascua. Incluye drones y munición”. Además, ha destacado que la meta final del préstamo es que los soldados ucranianos “obtengan una ventaja decisiva en el campo de batalla para proteger a Ucrania, y que la Unión Europea tenga acceso a innovaciones valiosas y de vanguardia aplicables también a otras industrias”.
El argumento de Orbán
El argumento del Gobierno de Orbán para vetar las medidas es el supuesto retraso por parte de Ucrania en la reparación del oleoducto Druzhba, que fue atacado por Rusia, y que proporciona suministro energético a Hungría y Eslovaquia.
La presidenta de la Comisión Europea ha indicado que “los ataques rusos al oleoducto Druzhba han tenido un impacto directo en la seguridad energética europea. Condenamos firmemente estos ataques. Quiero agradecer al Primer Ministro de Croacia, Andrej Plenković, sus esfuerzos para asegurar y aumentar el transporte de petróleo hacia Hungría, Eslovaquia y Serbia a través del oleoducto del Adriático. Mientras tanto, pedimos que se aceleren las reparaciones del oleoducto tras los ataques rusos”.
Por su parte, Zelenski ha recordado que “no es la primera vez que el primer ministro de Hungría bloquea medidas europeas”. Además ha añadido que “no puedan mezclarse los 90.000 millones y el oleoducto, porque son dos cuestiones distintas”.
El presidente de Ucrania ha explicado que “el oleoducto fue destruido por Rusia. Si Orbán quiere bloquear algún tipo de apoyo financiero, puede hacerlo a Rusia. Ucrania no responsable de la destrucción de ese oleoducto. Además, no es la primera destrucción. Tenemos imágenes, tenemos pruebas satelitales proporcionadas por socios. Rusia ha destruido este oleoducto varias veces. Así que corresponde a Orbán hablar con Putin, quizá sobre un alto el fuego energético o algo similar”.

La autoridad disciplinaria planteaba suspender un mes de empleo y sueldo al magistrado Alejandro González Mariscal de Gante por una falta muy grave, pero la mayoría conservadora ha impuesto su criterio y ha rebajado la sanción a leve
Los jueces y fiscales conservadores llevan a Europa su batalla contra el Gobierno de la mano del PP y Vox
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado sancionar con una multa de 500 euros por retrasos en su juzgado al magistrado Alejandro González Mariscal de Gante, portavoz de la conservadora y mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura (APM). La mayoría conservadora de la Comisión Disciplinaria del órgano ha impuesto su criterio y ha acordado imponerle una sanción leve.
La propuesta realizada por el Promotor de la Autoridad Disciplinaria, que no es vinculante, le atribuía una falta muy grave por la desatención o el retraso injustificado y reiterado en la tramitación y resolución de procedimientos como magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Palma y proponía suspenderlo un mes de empleo y sueldo. La Fiscalía, por su parte, pedía que fuera suspendido durante tres meses dada la gravedad de los hechos.
Fuentes del órgano afirman que “se ha concluido la existencia de un retraso reiterado”, aunque el voto de los cuatro vocales conservadores de la Comisión Disciplinaria ha permitido rebajar casi al mínimo su sanción. Los tres vocales progresistas de esa comisión —Ricardo Bodas, José María Fernández Seijo y Lucía Avilés— han anunciado la formulación de un voto particular al considerar que los hechos constituían una falta muy grave.
González Mariscal de Gante es presidente del Tribunal de Instancia de Palma de Mallorca y fue designado el pasado septiembre juez decano gracias al voto mayoritario de sus compañeros, según una nota de prensa difundida por el CGPJ. Es un rostro muy conocido dentro de la conservadora y mayoritaria APM, donde forma parte de su Comité Ejecutivo y hace tareas de portavocía.
También es encargado del área de Relaciones Internacionales, lo que explica su intervención en foros comunitarios. Hace solo dos semanas se reunió en Madrid con miembros de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior del Parlamento Europeo, a los que trasladó que, pese a las reformas de los últimos años, “no se han consolidado mejoras estructurales”. También les alertó del “deterioro” del “clima institucional” y de la “percepción pública de la independencia judicial”.
El pasado julio participó en una mesa redonda en Estrasburgo organizada por el PP junto al resto de asociaciones conservadoras de jueces y fiscales. Meses antes, en abril, había intervenido en otro debate en la comisión de Libertades Civiles del Parlamento Europeo, donde acusó al Gobierno de Pedro Sánchez de “normalizar prácticas que debilitan el Estado de Derecho” y llamó a la Unión Europea a actuar ante “casos tan visibles y simbólicos, de una cierta degradación institucional dentro de sus propias fronteras”.
Como parte de su labor jurisdiccional, firmó la sentencia que anuló la gratuidad del túnel de Sóller, cuya construcción se convirtió en el epicentro del primer gran caso de corrupción impulsado en Balears y derivó en los años noventa en el primer gran golpe judicial contra los populares en las islas. Además, en 2017, suspendió el acuerdo del Ayuntamiento de Palma —gobernado entonces por el PSOE, Més y Podemos— de licitar por vía de urgencia las obras de demolición del monumento franquista sa Feixina.
El CGPJ tiene competencias para exigir responsabilidad disciplinaria a jueces y magistrados si su conducta se desvía de una serie de principios tasados entre los que están la independencia, la imparcialidad o el respeto a las partes. Las sanciones por faltas cometidas en el ejercicio de sus cargos pueden ir de simples advertencias o multas económicas a traslados forzosos, suspensiones y expulsiones. Las faltas leves sólo pueden sancionarse con advertencia o multa de hasta 500 euros o con ambas.

La mayoría progresista impone que la ley estatal puede regular aspectos básicos del derecho a la vivienda frente a la oposición en bloque de los cinco magistrados conservadores
El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid contra varios preceptos de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, al considerar que el Estado tiene competencias para regular aspectos básicos. Se trata de la cuarta ocasión en la que el Tribunal se pronuncia sobre la constitucionalidad de dicha norma estatal, informa Europa Press.
La resolución, que cuenta con cinco votos particulares discrepantes, esgrime que el Estado puede definir la vivienda como derecho subjetivo y quiénes son sus titulares, para garantizar la igualdad en su ejercicio en todo el país. Además, señala que también puede extender ese derecho a ciudadanos extranjeros, dentro de sus competencias para regular el estatuto jurídico de los extranjeros y las condiciones de igualdad. El Gobierno de Ayuso se niega a aplicar la ley que intenta, entre otros objetivos, reducir el precio de los alquileres en las zonas tensionadas.
El recurso del Gobierno madrileño, de carácter íntegramente competencial, reprochaba a los preceptos impugnados su falta de cobertura en los títulos invocados por el Estado para su aprobación, así como la correlativa invasión de las competencias exclusivas de la Comunidad de Madrid. Se centraba muy especialmente en la competencia sobre vivienda y urbanismo prevista en el artículo 26.1.4 de su Estatuto de Autonomía y en el de las competencias municipales en materia de urbanismo.
La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado progresista Ramón Sáez Valcárcel, ha confirmado la constitucionalidad del artículo 8.a) de la Ley 12/2023, según el cual “todos los ciudadanos tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, ya sea en régimen de propiedad, de arrendamiento, de cesión de uso, o de cualquier otro régimen legal de tenencia”.
Frente a lo señalado en la demanda, el Tribunal ha concluido que el legislador estatal goza de competencias, por una parte, para configurar a la vivienda como derecho subjetivo y delimitar el círculo de sus titulares, así como para, de otro lado, extender la titularidad del derecho a los ciudadanos extranjeros
En cuanto a lo primero, la sentencia concluye que tanto la naturaleza técnico-jurídica como la titularidad del derecho a la vivienda son extremos cuya determinación “resulta trascendental a la hora de garantizar la igualdad de todos los españoles en su ejercicio en tanto que derecho constitucional, finalidad a la que sirve la competencia reconocida al Estado en el artículo 149.1.1ª de la Constitución Española y que dota así de cobertura al precepto impugnado”.
Por lo que respecta a lo segundo, el Tribunal ha confirmado que el legislador estatal actúa en legítimo ejercicio de sus competencias al extender la titularidad del derecho de “todos los españoles” a “todos los ciudadanos” (alusión en la que podrían entenderse incluidos los ciudadanos extranjeros).
Señala que “el mencionado artículo 149.1.1ª le permite regular las condiciones básicas necesarias para garantizar la igualdad de todos los españoles, el artículo 149.1.2ª le habilita, en una lectura integrada con el artículo 13 CE y según ha establecido la doctrina constitucional (en especial, STC 87/2017, de 4 de julio), para fijar el ”estatuto jurídico del ciudadano extranjero“.
Aspecto éste en el que se incluye, por lo que ahora especialmente importa, “la determinación, en cuanto cuestión más primordial del régimen jurídico del extranjero en España, de los derechos que, correspondiendo, en principio, a los españoles, deben ser extendidos a los ciudadanos de otras nacionalidades radicados en nuestro país”, o, lo que es lo mismo, a la fijación de las condiciones de igualdad entre extranjeros y españoles en la titularidad de los derechos constitucionales.

Estamos en el comienzo del ciclo olímpico hacia los Alpes Franceses 2030, en los que la delegación española querrá superar las tres medallas conseguidas
Jack Hughes, el inesperado héroe de Estados Unidos: de perder varios dientes a marcar el gol que vale un oro en hockey hielo
Este domingo 22 de febrero se puso fin a los Juegos Olímpicos de invierno Milano-Cortina 2026 en una ceremonia de clausura que tuvo lugar en el Arena de Verona, y que abre, a la vez, el ciclo olímpico para los próximos, que serán también en el continente europeo.
Y es que ya estamos en el comienzo del ciclo olímpico hacia los Alpes Franceses 2030, en los que la delegación española querrá superar las tres medallas conseguidas por el que ha sido uno de los grupos más numerosos de su historia, con tres metales en esquí de montaña por parte de Oriol Cardona y Ana Alonso.
Así, los próximos Juegos Olímpicos de invierno se disputarán en los Alpes Franceses del 1 al 17 de febrero de 2030, en la que será la cuarta ocasión en la que el país acoja la edición invernal tras Chamonix 1924, Grenoble 1968 y Albertville 1992.
Sedes y deportes: así serán los JJ.OO invierno Alpes Franceses 2030
Poco antes de la celebración de los Juegos Olímpicos de Milano-Cortina, en la 145ª sesión del Comité Olímpico Internacional (COI), los organizadores de la próxima sede, Alpes Franceses 2030 describieron su edición con el objetivo de promover unos Juegos “profundamente arraigados en el territorio” y con un compromiso medioambiental.
De hecho, la reciente celebración de los juegos de verano de París 2024, se van a reciclar muchas de las instalaciones ya existentes, lo que puede considerarse hasta un 93% de los lugares que formarán parte de los Alpes Franceses 2030.
En este mismo sentido, los Juegos Olímpicos de invierno de 2030 tendrán también varias sedes, que se distribuirán en cuatro grandes áreas: Haute-Savoie, Savoie, Briançon y Niza, cada una de ellas con una villa olímpica para que el máximo tiempo de desplazamiento de los deportistas sea de 30 minutos. Entre ellos se situarán lugares históricos como Annecy-Le Grand Bornand para biatlón y La Plagne para los deportes de deslizamiento.
Así, también se usarán tres instalaciones que formaron parte de Albertville 1992: la pista de deslizamiento de La Plagne, el salto de esquí de Courchevel y el descenso de esquí alpino de Roc de Fer en Méribel. En Niza tendrán lugar los deportes sobre hielo, aunque no el patinaje de velocidad, que se espera se celebre fuera de Francia para evitar la construcción de una nueva sede.
Lo que podría ser innovador es la ceremonia de clausura, que se tiene pensada en la famosa Promenade des Anglais de Niza, un tramo de siete kilómetros en la costa mediterránea, que sería la primera celebrada fuera de un estadio en los JJ.OO de invierno, en la que no se tiene asignado donde será la gala de apertura.
A su vez, en su objetivo de reducir la huella medioambiental, se han invertido en crear trayectos en autobuses, trenes… es decir en transporte público para “promover el transporte público bajo en carbono”.
En cuanto al programa, todavía no está completamente definido, pero se sabe que siete disciplinas formarán parte seguramente: biatlón, bobsleigh, curling, hockey sobre hielo, luge, patinaje y esquí, pudiendo añadir también otras categorías deportivas, que escogerá el propio comité organizativo de los Alpes Franceses 2030.

El Tribunal justifica que "las necesidades de ayuda, atención o seguimiento de un paciente por parte de sus familiares no se agota a los cinco días" y permite hacerlos efectivos dentro del periodo en el que el paciente requiera los cuidados
Del “absentismo” a los trabajadores “repetidores”: el lenguaje que culpabiliza a quienes están de baja médica
El Supremo avala que los trabajadores puedan decidir cuándo comienzan su permiso de cinco días retribuidos, al que tienen derecho, para el cuidado de familiares por accidente, enfermedad grave u hospitalización. El Alto Tribunal confirma una sentencia de la Audiencia Nacional que reconocía a las personas trabajadoras el derecho a elegir qué día empiezan a hacer efectivo este permiso, “en función de sus posibilidades de conciliación y mientras el hecho causante permanezca”.
El conflicto se remonta a finales de noviembre de 2023, cuando la empresa aseguradora RACE emitió una nota interna en la que imponía al personal que el permiso por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que precise reposo de familiares debía comenzar “el primer día laborable para la persona trabajadora a partir del suceso que ocasiona el permiso, y durará mientras continúe existiendo su causa, hasta el periodo máximo de cinco días naturales consecutivos”.
Los sindicatos CCOO, CSIF y UGT demandaron a la empresa y la Audiencia Nacional les dio la razón. En una sentencia con fecha de 12 de septiembre de 2024, la Sala de lo Social consideró que la nota era “contraria a derecho” y declaró “el derecho del personal afectado a disfrutar del permiso del artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores sin que el inicio del mismo se encuentre determinado por la fecha inicial del hecho causante”. Es decir, esos cinco días para cuidar a un familiar hospitalizado o por enfermedad no tienen que comenzar obligatoriamente el día que se produce el ingreso o comienza la dolencia.
Ante el recurso de casación presentado por la compañía, el Supremo vuelve a dar la razón a los sindicatos. La sentencia recuerda que “ni el Estatuto de los Trabajadores, ni el Convenio aplicable, ni tampoco la Directiva comunitaria (...) contienen norma o criterio alguno relativo al momento en que pueda hacerse efectivo el derecho al permiso”. “Resulta claro que no podemos aplicar criterios de interpretación literal”, indican los magistrados, que entran al fondo del asunto, tanto desde los derechos de los trabajadores como de las necesidades de los familiares de ser atendidos.
“Resulta que las necesidades de ayuda, atención o seguimiento de un paciente por parte de sus familiares no se agota a los cinco días del permiso inmediatamente consecutivos al evento considerado y, por el contrario, pueden extenderse durante un periodo indeterminado y mucho más amplio, sin que por ello mengüen o desaparezcan aquellas necesidades de asistencia”, indica la sentencia, que insiste en que “la clave radica en la necesidad de atención” y, por lo tanto, el permiso “no puede destinarse a holganza, viajes o asuntos propios”.
Así, el Supremo sentencia que, “del mismo modo que el permiso en cuestión no puede desvincularse de la asistencia del enfermo concernido, tampoco puede limitarse en su fecha de inicio mientras subsistan aquellas necesidades asistenciales”. Es decir, los cinco días deben enmarcarse dentro del periodo en el que el familiar requiera atención, pero sin imponer un día de inicio. En la práctica, esto puede alargar los cuidados, al facilitar que varios familiares encadenen sus días de permiso. “Hace una interpretación sociológica”, celebra el responsable de CSIF empresa privada, Pedro Poves, que considera que “si todos tuviéramos que ir el primer día, se generarían situaciones totalmente ilógicas”.
“Resultaría que una vinculación de su inicio al evento que lo propicia, implicaría a todas luces una devaluación de su potencial protector, al impedir, como ya se ha dicho, una adecuada planificación de la asistencia a la persona necesitada de ella”, justifica el Tribunal, que “asienta de manera fundamental” su valoración “no solo en la consideración del derecho de la persona trabajador afectada, sino también y de manera determinante, en el interés de la persona necesitada de cuidados”.
En lo que discrepa el Supremo es en la argumentación con perspectiva de género que realizaban los magistrados de la Audiencia Nacional. Estos consideraban que los permisos cumplen con una finalidad de “ofrecer más oportunidades de permanecer en el mercado de trabajo a los hombres y las mujeres con responsabilidades en el cuidado de familiares” y que los permisos vinculados a cuidados de familiares y convivientes son ejercitados mayoritariamente por mujeres.
“Aunque es obvio que tales responsabilidades de cuidado a familiares se han asumido tradicionalmente por las mujeres en mayor medida que por los hombres”, concede el Supremo, “entendemos que no resulta decisiva en el caso de la interpretación con perspectiva de género a la que se alude en la sentencia de la Sala de instancia”.