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El Supremo confirma la condena a un cliente que llamó “negro de mierda” al dueño de un local porque la máquina de tabaco se tragó un euro
Identificación fotográfica] 17 Febrero 2026, 12:15
Sede del Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena por delito de odio y amenazas leves a un hombre que llamó “negro de mierda” y “mono” al propietario de un local porque la máquina de tabaco se había quedado con un euro y, cuando la policía se presentó en el establecimiento para mediar en la pelea, recriminó a los agentes que le invitaran a él a marcharse siendo español. En una sentencia notificada este martes, la Sala Penal expone algunos de los requisitos que se tienen que dar para que exista este delito. “El ataque a la víctima se produce por su exclusión social por no tener la nacionalidad española”, advierte el tribunal, que recalca que el condenado utilizó el término “mono de mierda” con clara intención de odiar a la víctima “por razón de su raza y color de piel”. Los magistrados recuerdan que esta situación, “desgraciadamente, se utiliza con suma frecuencia, incluso en espectáculos públicos y, sobre todo, deportivos, profiriendo esta expresión no solamente en tono despectivo, sino como expresa manifestación de odio al diferente por su raza de color negro”.

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