![Identificación fotográfica] Identificación fotográfica]](https://wanted.love/uploads/news-logo/2025/06/10/2540/big-de84286f5e.jpg)
El Ministerio Fiscal pide el sobreseimiento, ya que considera que no hubo "conducta dolosa" por parte del ayuntamiento pese a conocer el "riesgo" que podrían suponer para los animales en época reproductora
El CSIC denuncia la muerte de gacelas en peligro de extinción por un festival que la alcaldesa de Almería no quiso reubicar
La Fiscalía de Almería ha solicitado el sobreseimiento provisional de las diligencias abiertas para dirimir si hubo responsabilidad o no del Ayuntamiento de Almería en la muerte de cuatro ejemplares de especies vulnerables de gacela y un arruí en la finca experimental La Hoya de la Estación Experimental de Zonas Áridas (EEZA), instituto investigador adscrito al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). El propio centro denunció que los fallecimientos se produjeron a raíz de la celebración de varios conciertos del festival de música Alamar en junio del pasado año en los Jardines del Mediterráneo, achacándolo al impacto acústico del evento y su repercusión en los ejemplares.
El ministerio público no aprecia indicios de delito en la actuación municipal, por lo que ha solicitado al titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Almería la finalización de la causa. A su juicio, no existen pruebas suficientes para concluir que hubo una “determinación evidente causa-efecto” entre el volumen de los conciertos y “estrés” sufrido por los animales, que los habría inducido a su muerte.
En su escrito, consultado por Europa Press, el fiscal apunta que el informe pericial encargado a la Unidad Técnica de Medio Ambiente del Seprona carece del nivel de “certidumbre” requerido para justificar el origen del daño sufrido por los animales.
Si bien se estimaba como una posibilidad que los traumatismos que se autoinfligieron los ungulados pudieran deberse al “estrés inducido” por un alto volumen de la música y sus propias características, el fiscal apunta que el informe de Guardia Civil no concluye de forma taxativa, más allá de apoyar la “hipótesis” que sostiene la EEZA, que esta fuera la causa.
No hubo “conducta dolosa”
En este sentido, descarta apreciar un delito contra el medio ambiente al igual que desecha la perpetración de un delito contra los animales, ya que a la hora de organizar los conciertos los responsables municipales actuaron sin seguir una “conducta dolosa”. Es decir, que sus acciones no fueron dirigidas “intencionalmente a causar la muerte de los animales en modo alguno”, tal y como precisa para su comisión este tipo de delito.
Para el fiscal, la actuación seguida por el concejal de Cultura, Diego Cruz, y de la alcaldesa de Almería, María del Mar Vázquez (PP), como responsables últimos de los conciertos, no estaría “encaminada a la provocación y causa directa de la posterior muerte de los animales”. Entiende, en este sentido, que su acción se vio amparada por una tramitación administrativa “acorde a la legislación” y por una serie de “informes técnicos” favorables, que daban luz verde a celebrar los conciertos.
Con ello, aprecia las conclusiones del estudio acústico y mediciones de ruido realizadas en la zona, con niveles de entre 55,3 y 46,6 decibelios, con lo que se “cumplía con la calidad acústica”, toda vez que el muestreo temporal realizado por la EEZA-CSIC los días 20 y 21 de junio apuntaron “algunos resultados desfavorables en cuanto al nivel de ruido, pero siempre de acuerdo con la legislación vigente”.
El ayuntamiento conocía el riesgo
No obstante, el Ministerio Público admite también en base a las advertencias que realizaron los científicos de la EEZA-CSIC para que el evento se desplazara a otra zona de la capital, que el ayuntamiento era conocedor del “riesgo” que podrían suponer para los animales en época reproductora dichos conciertos y de sus “posibles consecuencias”.
“La conducta de los presuntos responsables, si bien podría haber gozado de más cautelas y haber valorado un posible traslado del lugar de celebración para evitar el fatal desenlace, no puede entenderse dirigida intencionalmente a causar la muerte de los animales en modo alguno”, resumen el fiscal para determinar la inexistencia de requisitos suficientes para apreciar la presunta comisión de un delito.
Fuentes judiciales han indicado a Europa Press que el juzgado ha dado traslado a las diferentes acusaciones personadas para que informen sobre su parecer en relación con las pruebas existentes. Este posicionamiento se hace de cara a que la jueza Clara Eugenia Hernández resuelva si dictamina la continuación de las diligencias mediante un procedimiento abreviado o da carpetazo al caso.