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El Constitucional mantiene en vigor provisionalmente la Ley de Memoria Histórica de Cantabria que PP y Vox intentan derogar
Identificación fotográfica] 11 Junio 2025, 12:15

El Constitucional mantiene en vigor provisionalmente la Ley de Memoria Histórica de Cantabria que PP y Vox intentan derogar

El Pleno del Tribunal toma esta decisión como medida cautelar, sin entrar a valorar las cuestiones de fondo, hasta que haya una sentencia firme dada "su trascendencia para las víctimas de violaciones graves de derechos humanos"

Antecedentes - El Constitucional paraliza la derogación de la Ley de Memoria Histórica de Cantabria aprobada por PP y Vox

El Pleno del Tribunal Constitucional, en un auto del que ha sido ponente la magistrada María Luisa Segoviano Astaburuaga, ha decidido mantener la suspensión de la Ley de Derogación de la Ley de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria. Esto supone que la norma autonómica seguirá en vigor hasta que haya una sentencia definitiva, pese al intento de tumbarla del Partido Popular y Vox.

La suspensión fue inicialmente acordada por el Pleno del Tribunal, mediante providencia de 26 de febrero de 2025, con ocasión de la admisión del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra dicha ley por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en atención a que este invocó el artículo 161.2 de la Constitución española para que se produjera la suspensión de la aplicación de ley impugnada.

El Pleno del Tribunal ha decidido ahora, como medida cautelar -y, por tanto, sin entrar a valorar las cuestiones de fondo en controversia y al margen de la viabilidad de las pretensiones deducidas en el recurso-, mantener la suspensión de esta ley.

Considera que la ponderación de los eventuales perjuicios alegados por el presidente del Gobierno, en caso de levantamiento de la suspensión, tienen “la gravedad y consistencia necesarias como para prevalecer sobre la presunción de legitimidad de la ley autonómica”.

Destaca también el “carácter irreversible” del paso del tiempo en el ámbito del ejercicio de derechos prestacionales como los concernidos en la Ley de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria y de “su trascendencia para las víctimas de violaciones graves de derechos humanos”.

El auto cuenta con un voto particular discrepante suscrito por los magistrados Ricardo Enríquez Sancho, Enrique Arnaldo Alcubilla, Concepción Espejel Jorquera, César Tolosa Tribiño y José María Macías Castaño.

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